Órganos de Gobierno

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La Asamblea General de Socios

La Asamblea General de Socios es el órgano supremo de gobierno y de expresión de la voluntad de la Asociación. Está integrada por todos los asociados que se hallen en uso pleno de sus derechos sociales.

La Junta Directiva

La Junta Directiva es el órgano colegiado de representación, gestión y administración de los intereses de la Asociación, debiendo rendir cuentas de su actuación ante la Asamblea General y encabezada por La Presidencia que ostenta la representación legal de la Asociación y quien ostenta las mayores competencias y los poderes de gestión, ejecución y administración de la entidad. Está conformada por:

AYUNTAMIENTO DE "EL ALMENDRO" - PRESIDENCIA (Desde 19/07/2023 hasta 19/07/2027)

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS BETURIA - VICEPRESIDENCIA (Desde 19/07/2023 hasta 19/07/2027)

AYUNTAMIENTO DE PAYMOGO - SECRETARÍA (desde 22/02/2024 hasta 22/02/2028)

AYUNTAMIENTO DE SANTA BARBARA DE CASA  - TESORERÍA (desde 22/02/2024 hasta 22/02/2028)

VOCALES (desde 22/02/2024 hasta 22/02/2028):

  • AMFAS
  • ASAJA
  • ASOCIACION DE MUJERES DE HERRERÍAS
  • ASOCIACION DE MUJERES LA GALANA
  • ASOCIACION DE MUJERES LAS MINERAS
  • ASOCIACION JUVENIL SIN FRENO
  • ASOCIACION MINAS DE HERRERIAS
  • AYUNTAMIENTO DE CALAÑAS
  • AYUNTAMIENTO DE "EL CERRO DE ANDÉVALO"
  • AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DEL CAMINO
  • AYUNTAMIENTO DE VILLABLANCA
  • COMUNIDAD DE REGANTES DEL ANDÉVALO PEDRO ARCO
  • EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA
  • FEDERACION ONUBENSE DE EMPRESARIOS (2 VOCALIAS)

TANTO EN LA COMPOSICION DE UNO Y OTRO ÓRGANO, ADRAO IMPULSA EL CUMPLIMIENTO DE LA Ley 5/2024, de 13 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía (BOJA Número 228, de 22 de noviembre de 2024) En este sentido, cabe destacar que el artículo 4.2 afronta la obligación de los Grupos de Desarrollo Rural de contar con una presencia equilibrada en la composición de sus órganos de gobierno, estableciéndose lo siguiente:

 

"Artículo 4. Representación.

2. Los Grupos de Desarrollo Rural y los Grupos de Acción Local Pesquero que gestionen fondos públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía deberán contar con una presencia equilibrada en la composición de sus órganos de gobierno, de acuerdo con la disposición adicional única."